empresa coronavirus

La enfermedad por coronavirus 2019 (COVID-19) es una enfermedad respiratoria que causa fiebre, tos y dificultad respiratoria, la cual ha causado una alerta sanitaria a nivel mundial. Se reportó por primera vez en la ciudad de Wuhan, provincia de Hubei, China, a inicios de diciembre de 2019, y desde entonces no ha parado de propagarse por los diferentes continentes. 

Este martes (10/03/2020) el gobierno aprobó un real decreto ley para que las personas en aislamiento preventivo por motivo de contagio del Covid-19, conocido como coronavirus, se consideren en situación de incapacidad temporal, es decir, una baja laboral por accidente de trabajo.

Para poder abordar esta crisis sanitaria, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha buscado mejorar la prestación para aquellas personas que se encuentran en situación de aislamiento infectadas por el coronavirus, percibiendo así desde el día siguiente al de la baja laboral, el 75% de la base reguladora, con cargo a la Administración.

Ahora bien, existen dos tipos:

  • Por un lado, en el caso de que se de un aislamiento preventivo como consecuencia de la enfermedad Covid-19 recibirán el tratamiento de incapacidad temporal (IT) por enfermedad común, tal y como informó el ministerio de Trabajo. 
  • Y, por otro lado, en los demás casos, se entenderá que es voluntad de la empresa y por lo tanto se deberá conceder un permiso retribuido.

Esta medida aprobada la solicitaron los sindicatos de los trabajadores antes la nueva situación en España.

En Abendaño y Bilbao Abogados te asesoramos y nos ponemos de tu lado para conseguir mejorar la situación, tanto del empleado como de la empresa.