contrato de obra y servicio

En el mundo laboral, existen diferentes contratos por los cuales puedes entrar a formar parte de una empresa. En este artículo os contamos un tipo de contrato cada vez más usado por parte de las empresas a la hora de contratar a sus empleados: el contrato de obra y servicio.

Este tipo de contrato se caracteriza por ser definitorio, es decir, se realiza con el objetivo de que un trabajador realice ciertas tareas de un proyecto determinado pero en el momento que finaliza, si la empresa quiere seguir requiriendo de sus servicios, se debe formalizar otro contrato. 

Se trata de un contrato habitual en ciertos sectores como el comercio, la limpieza, la construcción… donde es necesario incrementar su plantilla para una cierta actividad, pero no se sabe el tiempo que va a durar el proyecto, formalizando así dicho contrato. 

Para que un contrato tenga dicho carácter se debe especificar claramente el tipo de obra o servicio/proyecto para el cual se requiere la contratación del empleado y presentarlo en un máximo de 10 días en la oficina de empleo desde el momento en que se firma. 

La legislación determina que este tipo de contratos puede tener una duración máxima de 3 años, pudiéndose ampliar unos 12 meses siempre y cuando el convenio colectivo lo contemple. Sin embargo, el finiquito por despido es de 12 días por año trabajado, con ciertas especificaciones que se estudian dependiente de cada caso concreto. 

Cuando el contrato supere los 3 años, más lo prorrogable, el trabajador pasa a ser indefinido automáticamente.

Si te enfrentas a un problema similar, ya seas empresa o trabajador, podemos ayudarte. Estudiaremos su caso de forma específica para ver como proceder en tu casa, buscando siempre el beneficio, asignando un experto en el ámbito judicial al que te enfrentas. En Abendaño y Bilbao Abogados miramos por todos nuestros clientes.